![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
Protección de datos: aplicación a los ficheros en papel.
Fecha 22 / 10 /
Supongo que más de uno, al leer este título, habrá entrado en alguna especie de “crisis” o “conflicto místico interior”, pues ya estábamos cansados de repetir hasta la saciedad “no, la legislación de protección de datos no se aplica a los ficheros en pape
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
Cookies y dialers, aspectos legales
Fecha 1 / 3 /
En este artículo vamos a analizar aquellos aspectos legales, básicos, referidos principalmente a lo que sobre las cookies y los dialers hay en la LSSICE ( Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico ) y a la LOPD ( Ley Org
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LSSI, segunda reforma : los Dialers
Fecha 28 / 1 /
Si en un artículo anterior - comentábamos la primera reforma legal de la LSSI, a través de la Ley General de Telecomunicaciones, reforma ya en vigor, en este artículo haremos alusión a la reforma, segunda esta vez, llevada a cabo a través de la nueva ley
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
La nueva Ley de Firma Electrónica
Fecha 8 / 1 /
Nuevamente tenemos en España una nueva Ley de Firma Electrónica, la cual comenzará su vigencia el 20 de marzo del presente año 2004. Antes de adentrarnos en ella explicaremos algunos aspectos básicos de esta figura, la firma electrónica, para luego ir exp
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
Protección de datos y recursos humanos
Fecha 18 / 12 /
Este artículo tratará de explicar las directrices mínimas a considerar en un departamento de recursos humanos a fin de respetar la LOPD, y en consecuencia evitar las sanciones por incumplimiento de la misma.
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
¿ ADAPTAR A LA LOPD MI EMPRESA ?
Fecha 26 / 11 /
Con suma frecuencia se encuentra el empresario de Internet – o de fuera de ella - con el deber ineludible de tener que adaptar su negocio a la LOPD, o Ley Orgánica de Protección de Datos, pero ... ¿ sabe realmente a qué nos referimos ?. En este articulo i
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
Modificación de la LSSI
Fecha 12 / 11 /
la famosísima LSSI o LSSICE, Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, ley 34/2002, que entró en vigor el 12 de octubre del pasado año 2002, sin llegar a un año y un mes de vigencia, ya ha sido objeto de modificación.
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
El caso Cronicasmarcianas.net
Fecha 14 / 10 /
Comentaremos qué pasó cuando alguien, quien con posterioridad perdió el caso, registró en Internet el nombre de dominio cronicasmarcianas.net.
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
Algunos aspectos legales de los boletines electrónicos
Fecha 24 / 9 /
Aquí entra en juego, entre otros, pero a su vez sin duda alguna, el campo legal de protección de datos. Hemos de decir, antes que nada, que en la Unión Europea existe una Directiva que regula dicha cuestión, obligatoria en todo el territorio de la Unión,
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
COOKIES, SU LEGALIDAD
Fecha 18 / 9 /
Ciertamente, estamos ante un tema sobre el cual no hay - por ahora - nada regulado en la legislación española. Lo más que hay son unas meras recomendaciones de la Agencia de Protección de Datos al respecto.
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LOS PAGOS ONLINE CON TARJETA DE CRÉDITO.
Fecha 19 / 6 /
¿ Qué normativa regula dichos pagos ?
Podemos decir que la principal o más importante está contenida en la conocida Ley de Ordenación del Comercio Minorista - LOCM -, la cual data del año 1.996, pero que ha sido modificada hace no mucho, siendo ello co
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LOS ENLACES DE NOTICIAS : LEGALIDAD
Fecha 9 / 6 /
A la luz de la legalidad actual al momento de escribir este artículo ( 6 de junio de 2003 ) analizaremos qué ocurre cuando un sitio web, y en relación a la hora de informar sobre noticias de actualidad, más que recabarlas por sí mismo y por fuentes propia
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
El caso 0pusdei.com
Fecha 23 / 5 /
Con fecha 2 de mayo de 2003, la OMPI decide que la organización religiosa Opus Dei tiene derecho al nombre de dominio 0pusdei.com. Observe el lector que la primera letra de este nombre de dominio, una supuesta letra "O", no es una "O", sino el número cero
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
EL CASO ESMADRID.COM
Fecha 28 / 4 /
Este artículo va a analizar cómo se desarrolló la disputa y lucha legal por la posesión y libre disposición del nombre de dominio esmadrid.com. En este caso, entre una empresa perteneciente al ayuntamiento de Madrid, y una empresa no vinculada al mism
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
¿ SPAM sí o SPAM no ? : Legalidad.
Fecha 15 / 4 /
A primera vista podría parecer que desde un punto de vista legal está tajante y absolutamente prohibido el uso del Spam, pero vamos a comprobar que ello tiene sus matices.
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LOS NUEVOS ".ES" ( los dominios de tercer nivel )
Fecha 1 / 4 /
Por Orden de 18 de marzo de 2003 se ha aprobado el texto definitivo del nuevo Plan Nacional de Nombres de Dominio en relación a los ".es", que es el código de país correspondiente a España.
Dominios de tercer nivel, ¿ qué son ?
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
ALGUNOS RIESGOS LEGALES EN LA RED
Fecha 25 / 3 /
En este artículo vamos a exponer diferentes situaciones que, legalmente hablando, pueden ser fuente de conflictos, y por tanto de verdaderos quebraderos de cabeza, con los consiguientes gastos y en su caso hasta sanciones, muchas veces de elevadísima cuan
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
PRUEBA DE LOS CONTRATOS EN INTERNET
Fecha 14 / 3 /
En este artículo vamos a comentar los aspectos legales de la probanza o prueba de un contrato on-line entre un comerciante y un consumidor, siempre y cuando que para ello se hayan usado las llamadas condiciones generales de contratación, que son aquellas
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
EL CASO DAVIDBISBAL.COM
Fecha 20 / 2 /
Trata el presente artículo de un caso más, caracterizado por un personaje famoso y una tercera persona que, intentando aprovecharse de la popularidad de aquél, registra su nombre de dominio con una finalidad exclusivamente especulativa y movida por la mal
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
PROTECCIÓN DE DATOS : EL DERECHO DE ACCESO Y OTROS.
Fecha 17 / 2 /
Con este artículos nos vamos a referir a cuatro derechos que son de inexcusable observancia por parte de que quien solicite y reciba datos de carácter personal por parte de personas físicas ( los recaben o no a través de Internet ) y los trate de forma au
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
PROTECCIÓN DE DATOS : ALGUNOS ASPECTOS BÁSICOS
Fecha 11 / 2 /
¿ De qué hablamos al referirnos a protección de datos ?, ¿ Cuáles serían las obligaciones básicas ?, ¿ Qué sanciones puede haber en caso de incumplimiento ?, ¿ Cuáles son los diferentes niveles de seguridad contemplados en la Ley ?
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
PROTECCIÓN DE DATOS : TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS
Fecha 7 / 2 /
¿ Qué es una transferencia internacional de datos ?, ¿ Cuáles, en la práctica, serían los caso típicos de transferencia internacional ?, ¿ Cuándo hay que pedir autorización al Director de la Agencia de Protección de Datos ?, ¿ Cómo obtener la autorización
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LSSI : El deber de retención de datos.
Fecha 7 / 2 /
¿ A quién o quiénes se aplica tal obligación ?, ¿ Qué datos habrán de retener ?, ¿ Qué límites tendrá dicha retención ?, ¿ Con qué finalidad se conservarán los datos ?, ¿ Qué falta todavía en la Ley ?, ¿ Qué no se menciona en esta Ley ?,
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LSSI : INSCRIPCIÓN REGISTRAL DEL NOMBRE DE DOMINIO
Fecha 7 / 2 /
¿ Quien ha de inscribir su nombre de dominio ?, ¿ Puedo inscribir otro dato en vez del nombre de dominio?, ¿ En dónde ha de llevarse a cabo la inscripción ?, ¿ Qué plazo hay para realizar la inscripción ?, ¿ Qué me ocurrirá en caso de incumplimiento ?
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
MONTAR UN NEGOCIO EN INTERNET : ¿ QUÉ NECESITO ?
Fecha 7 / 2 /
En este artículo vamos a exponer aquellas cuestiones legales que, necesariamente, habrá de considerar todo aquel que pretenda montar un negocio en Internet, analizando nada más las propias y exclusivas del particular mundo que es La Red. No obstante lo an
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
EL CASO AUNACABLE.COM
Fecha 7 / 2 /
¿ Qué ocurrió en este caso ?, ¿ Qué vías posibles hay para reclamar el nombre de dominio ?,
¿ Quiénes eran los contrincantes ?,
¿ Qué criterios se adoptaron para dar o quitar la razón a las partes ?,
|
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
LA PUBLICIDAD POR E-MAIL
Fecha 7 / 2 /
¿ Qué normas la regulan ?, ¿ Qué dice la LSSI ?, ¿ Qué ocurre si no respeto la LSSI ?, ¿ Qué cautelas habría que tener en cuenta para evitar la sanción ?, Y ... ¿ qué consejos en relación a la LOPD ?, ¿ Cuál es la contradicción legal española ?.
|
|
|
Javier
Hernández Martínez, abogado
E-mail : bufete@opinionvirtual.com
Web : www.opinionvirtual.com
Abogado especialista en Derecho de Internet y de las Nuevas Tecnologías
|
 |
![[>]](imagenes/main/botonflecha.gif) |
Protección de datos: aplicación a los ficheros en papel.
Fecha 22 / 10 /
Supongo que más
de uno, al leer este título, habrá entrado en alguna especie de
“crisis” o “conflicto místico interior”, pues
ya estábamos cansados de repetir hasta la saciedad “no, la legislación
de protección de datos no se aplica a los ficheros en papel, tan sólo
a los informatizados”. Pues bien, la Agencia Española de Protección
de Datos (AEPD), en una comunicación reciente efectuada a través
de su propia web – www.agpd.es - ha zanjado de una vez por todas el tema,
dejando bien claro qué ficheros en papel están sujetos a la LOPD
(Ley Orgánica de Protección de Datos) y cuáles no.
¿A qué
se le aplica la LOPD?
La LOPD, en su articulado,
nos indica que se aplicará a los datos de carácter personal registrados
en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda
modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y
privado.
Si nos damos cuenta,
ya no se habla, como sí hacía antes la anterior ley, del año
1992, de ficheros informáticos, o informatizados, o automáticos,
por lo que están incluidos también los ficheros en soporte papel,
con tal de que estén estructurados como ficheros, o sea, que tengan un
orden lógico de acceso a los datos (ejemplo: ordenados alfabéticamente).
A su vez, aunque esto sería para ser tratado en otro artículo
diferente, también estarían sometidos a la ley los ficheros de
voz o imágenes, aunque bajo determinados requisitos.
¿Qué
hay del “famoso” plazo del año 2007?
En efecto, hay un
plazo, concretamente el de 24 de octubre de 2007, que se prevé por la
propia LOPD para la total aplicación de la misma a cualquier tipo de
fichero, incluidos los en papel, por lo que mucha gente interpretó que
a los en papel, aún no se le aplicaba dicha normativa.
Ello es una verdad
a medias, por cuanto lo que realmente ocurre es que se aplica la LOPD también
a los ficheros en papel siempre y cuando éstos ya existiesen en la fecha
de entrada en vigor de la LOPD, que lo fue el 14.1.00, por lo que a estos últimos
ficheros mencionados sí se les aplicaría en su integridad la LOPD.
¿Y qué
ocurre con las medidas de seguridad?
A lo anterior, a
pesar de estar en claro así planteado, de una forma tan simple y abstracta,
se une el escollo, de enorme trascendencia práctica, de ¿qué
ocurre con el Reglamento de Medidas de Seguridad que hay que aplicar?. El problema
de dicho reglamento es que se elaboró cuando estaba en vigor la ley anterior,
la llamada LORTAD, del año 1992, y estaba pensado dicho reglamento para
ficheros sólo automatizados, por lo que ahora, al intentar aplicarlo,
también, a ficheros que no son automatizados.
Por otro lado, cuando
vayamos a la aplicación concreta del Reglamento de Medidas de Seguridad
y nos sea imposible hacer una traslación de lo en él expuesto
o contemplado, a los ficheros en papel (pues no olvidemos que dicho Reglamento
se pensó para ficheros automatizados), sólo aplicaremos las medidas
que sean posibles. Ejemplo: cuando se habla de usar una contraseña, y
tengamos expedientes en un archivador, resulta claro que ello no será
de aplicación, pero sí, por el contrario, la elaboración
y aplicación del llamado Documento de Seguridad, haciendo mención
en él a dichos ficheros, y detallando las medidas de seguridad aplicables
a los mismos. Otra obligación, puede ser también la inscripción
de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos, dependiente
de la Agencia Española de Protección de Datos.
|
|
| |
|